Aplazamiento de VeriFactu a 2028: qué ha anunciado Hacienda y qué fechas siguen vigentes

Actualizado el 7 de octubre de 2026. El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que prevé trasladar las obligaciones pendientes de los usuarios SIF hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de quienes facturan hasta 8 millones de euros. Es una previsión: a 7 de octubre de 2026, el BOE no ha publicado ninguna norma que la aplique. Hasta que lo haga, las fechas legalmente vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.
Este artículo recoge el estado de la norma en una fecha concreta. Lo actualizaremos cuando se publique la modificación. El detalle de cada supuesto está en el calendario de VeriFactu por tipo de obligado.
¿Qué ha anunciado Hacienda sobre VeriFactu?
El Ministerio de Hacienda prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, el reglamento de VeriFactu. Lo anunció su Gabinete de Prensa en una nota informativa el 5 de octubre de 2026. El objetivo declarado es que VeriFactu coincida con la factura electrónica obligatoria de quienes facturan hasta 8 millones de euros al año.
La nota lleva este título: «Previsión de modificación de los plazos de aplicación de las obligaciones pendientes para los empresarios y profesionales derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) y convergencia con el sistema de factura electrónica». Puedes leerla en la web del Ministerio de Hacienda.
Su contenido se resume en cuatro puntos:
- El aplazamiento. Las obligaciones pendientes del RD 1007/2023 se llevan «hasta octubre de 2028».
- El motivo. Hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria para los empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.
- Una segunda modificación. Después de alinear los calendarios, Hacienda abordará otra reforma. Su fin será hacer converger los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos, teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital de la iniciativa europea ViDA.
- Las garantías se mantienen. Las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se conservarán en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.
La nota no distingue entre sociedades y autónomos. Tampoco fija el día de octubre de 2028. Ambos detalles quedan para la norma.
¿Es oficial el aplazamiento de VeriFactu? ¿Está en el BOE?
No. A 7 de octubre de 2026, el aplazamiento es una previsión anunciada por Hacienda, no una norma. El BOE no ha publicado ninguna modificación del Real Decreto 1007/2023. Su texto consolidado mantiene el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados.
| Fuente | Qué dice | Estado a 7 de octubre de 2026 |
|---|---|---|
| RD 1007/2023, texto consolidado, disposición final cuarta | 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; 1 de julio de 2027 para el resto | Vigente |
| RD-ley 15/2025 (BOE de 03/12/2025), disposición final primera | Es la norma que fijó esas dos fechas | Vigente |
| Nota informativa de Hacienda del 05/10/2026 | Prevé aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028 | Anuncio, sin norma publicada |
| Orden HAC/1028/2026 (BOE de 05/10/2026) | Regula la solución pública de factura electrónica | En vigor desde el 06/10/2026 |
Hacienda vuelve así a mover el calendario. Estos son los cuatro que ha tenido VeriFactu desde 2023:
| Calendario | Norma | Fecha de aplicación |
|---|---|---|
| 1.º (original) | RD 1007/2023 | 1 de julio de 2025 |
| 2.º (primera prórroga) | RD 254/2025 | 2026 |
| 3.º (vigente) | RD-ley 15/2025 | 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (resto) |
| 4.º (anunciado) | Nota de Hacienda del 05/10/2026, sin norma | Octubre de 2028 |
Si el BOE lo confirma, será el tercer aplazamiento de VeriFactu y su cuarto calendario desde 2023.
¿Qué fechas de VeriFactu siguen vigentes hoy?
Las que fija el BOE: el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y demás obligados. Una nota de prensa anuncia una intención del Gobierno, pero no modifica un real decreto. La nueva fecha de octubre de 2028 solo se aplicará cuando se publique la norma.
| Quién eres | Fecha vigente hoy (BOE) | Fecha anunciada, pendiente de norma |
|---|---|---|
| Sociedad limitada o anónima (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Autónomo que tributa en IRPF | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
| Comunidades de bienes y demás entidades en atribución de rentas | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
La columna de la derecha describe la nota y todavía no tiene rango legal. Planificar con la fecha vigente y ajustar el plan cuando salga el BOE funciona en cualquier escenario.
¿Por qué Hacienda retrasa VeriFactu hasta octubre de 2028?
Porque en octubre de 2028 la factura electrónica entre empresas será obligatoria para quienes facturan hasta 8 millones de euros al año. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6, inició el cómputo de ese calendario. Hacienda quiere que ambas obligaciones lleguen a la vez.
Según su disposición final única, la orden inicia el cómputo de los plazos de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, y del Real Decreto 238/2026. Ese cómputo fija dos fechas para la factura electrónica entre empresarios y profesionales:
- Desde el 6 de octubre de 2027, para quienes tengan un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros.
- Desde el 6 de octubre de 2028, para el resto.
La orden fija además que las facturas que pasen por la solución pública se ajusten al modelo semántico EN 16931 bajo la sintaxis UBL.
Son dos obligaciones distintas: VeriFactu regula cómo se comporta tu programa de facturación y la factura electrónica, el formato y el canal del documento que recibe tu cliente empresa. Lo explicamos en diferencias entre VeriFactu y la factura electrónica.
¿Cambian los requisitos técnicos de VeriFactu?
Hoy no. El Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, que fija las especificaciones técnicas, siguen sin cambios. Hacienda anuncia una modificación posterior para hacer converger VeriFactu y la factura electrónica, teniendo en cuenta la iniciativa europea ViDA. Las garantías de integridad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.
La nota no concreta qué aspectos técnicos cambiarán ni cuándo. Un programa de facturación tendrá que seguir garantizando que cada registro es íntegro, se conserva y es legible, trazable e inalterable. El reglamento lo exige desde 2023 en sus dos modalidades, VERI*FACTU y no VERI*FACTU.
¿Tienen también los fabricantes de software hasta 2028?
La nota no lo dice. Se refiere a las obligaciones pendientes de los empresarios y profesionales que facturan y no menciona a los productores de software. Según el reglamento vigente, su plazo para ofrecer productos adaptados es de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, no las fechas de 2027.
En la práctica, si eliges programa este otoño, el que te ofrezcan debería generar ya el registro de facturación y encadenarlo. Puedes comprobarlo en la declaración responsable del fabricante. Explicamos qué debe contener y cómo leerla en la declaración responsable de un sistema VeriFactu.
¿Qué hago con mi tienda online mientras se publica la norma?
Trabaja contra los requisitos, que no han cambiado. Adoptar VeriFactu antes de la fecha obligatoria es posible y voluntario. Tu referencia sigue siendo enero de 2027 si eres sociedad y julio de 2027 si eres autónomo. Conectar la tienda con el programa de facturación lleva su propio plazo, con aplazamiento o sin él.
- Tu fecha vigente. Depende de cómo tributas. Es tu referencia hasta que se publique la norma.
- Tu plataforma. Averigua si tu tienda se conecta con un módulo o si hay que integrarla por API.
- Un ensayo real. Probar tus casos reales antes de la obligación te enseña más que cualquier comparativa. Te contamos cómo ensayar la facturación de tu tienda.
En Factulit mantenemos el mismo calendario. Hoy la plataforma funciona en Modo Pruebas (Sandbox) y Producción abre a clientes el 1 de enero de 2027. Explicamos qué hace Factulit con una tienda online en VeriFactu para tiendas online.
Qué leer después
El aplazamiento anterior, de diciembre de 2025, lo contamos en el aplazamiento de VeriFactu a 2027. Los supuestos que quedan fuera del sistema y los que ya están en el SII o en TicketBAI están en fechas y plazos de VeriFactu.
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