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Aplazamiento de VeriFactu a 2028: qué ha anunciado Hacienda y qué fechas siguen vigentes

Aplazamiento de VeriFactu a octubre de 2028: anuncio de Hacienda del 5/10/2026, pendiente de BOE

Actualizado el 7 de octubre de 2026. El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que prevé trasladar las obligaciones pendientes de los usuarios SIF hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de quienes facturan hasta 8 millones de euros. Es una previsión: a 7 de octubre de 2026, el BOE no ha publicado ninguna norma que la aplique. Hasta que lo haga, las fechas legalmente vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

Este artículo recoge el estado de la norma en una fecha concreta. Lo actualizaremos cuando se publique la modificación. El detalle de cada supuesto está en el calendario de VeriFactu por tipo de obligado.

¿Qué ha anunciado Hacienda sobre VeriFactu?

El Ministerio de Hacienda prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, el reglamento de VeriFactu. Lo anunció su Gabinete de Prensa en una nota informativa el 5 de octubre de 2026. El objetivo declarado es que VeriFactu coincida con la factura electrónica obligatoria de quienes facturan hasta 8 millones de euros al año.

La nota lleva este título: «Previsión de modificación de los plazos de aplicación de las obligaciones pendientes para los empresarios y profesionales derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) y convergencia con el sistema de factura electrónica». Puedes leerla en la web del Ministerio de Hacienda.

Su contenido se resume en cuatro puntos:

  1. El aplazamiento. Las obligaciones pendientes del RD 1007/2023 se llevan «hasta octubre de 2028».
  2. El motivo. Hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria para los empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.
  3. Una segunda modificación. Después de alinear los calendarios, Hacienda abordará otra reforma. Su fin será hacer converger los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos, teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital de la iniciativa europea ViDA.
  4. Las garantías se mantienen. Las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se conservarán en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.

La nota no distingue entre sociedades y autónomos. Tampoco fija el día de octubre de 2028. Ambos detalles quedan para la norma.

¿Es oficial el aplazamiento de VeriFactu? ¿Está en el BOE?

No. A 7 de octubre de 2026, el aplazamiento es una previsión anunciada por Hacienda, no una norma. El BOE no ha publicado ninguna modificación del Real Decreto 1007/2023. Su texto consolidado mantiene el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados.

FuenteQué diceEstado a 7 de octubre de 2026
RD 1007/2023, texto consolidado, disposición final cuarta1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; 1 de julio de 2027 para el restoVigente
RD-ley 15/2025 (BOE de 03/12/2025), disposición final primeraEs la norma que fijó esas dos fechasVigente
Nota informativa de Hacienda del 05/10/2026Prevé aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028Anuncio, sin norma publicada
Orden HAC/1028/2026 (BOE de 05/10/2026)Regula la solución pública de factura electrónicaEn vigor desde el 06/10/2026

Hacienda vuelve así a mover el calendario. Estos son los cuatro que ha tenido VeriFactu desde 2023:

CalendarioNormaFecha de aplicación
1.º (original)RD 1007/20231 de julio de 2025
2.º (primera prórroga)RD 254/20252026
3.º (vigente)RD-ley 15/20251 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (resto)
4.º (anunciado)Nota de Hacienda del 05/10/2026, sin normaOctubre de 2028

Si el BOE lo confirma, será el tercer aplazamiento de VeriFactu y su cuarto calendario desde 2023.

¿Qué fechas de VeriFactu siguen vigentes hoy?

Las que fija el BOE: el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y demás obligados. Una nota de prensa anuncia una intención del Gobierno, pero no modifica un real decreto. La nueva fecha de octubre de 2028 solo se aplicará cuando se publique la norma.

Quién eresFecha vigente hoy (BOE)Fecha anunciada, pendiente de norma
Sociedad limitada o anónima (Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027Octubre de 2028
Autónomo que tributa en IRPF1 de julio de 2027Octubre de 2028
Comunidades de bienes y demás entidades en atribución de rentas1 de julio de 2027Octubre de 2028

La columna de la derecha describe la nota y todavía no tiene rango legal. Planificar con la fecha vigente y ajustar el plan cuando salga el BOE funciona en cualquier escenario.

¿Por qué Hacienda retrasa VeriFactu hasta octubre de 2028?

Porque en octubre de 2028 la factura electrónica entre empresas será obligatoria para quienes facturan hasta 8 millones de euros al año. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6, inició el cómputo de ese calendario. Hacienda quiere que ambas obligaciones lleguen a la vez.

Según su disposición final única, la orden inicia el cómputo de los plazos de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, y del Real Decreto 238/2026. Ese cómputo fija dos fechas para la factura electrónica entre empresarios y profesionales:

  • Desde el 6 de octubre de 2027, para quienes tengan un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros.
  • Desde el 6 de octubre de 2028, para el resto.

La orden fija además que las facturas que pasen por la solución pública se ajusten al modelo semántico EN 16931 bajo la sintaxis UBL.

Son dos obligaciones distintas: VeriFactu regula cómo se comporta tu programa de facturación y la factura electrónica, el formato y el canal del documento que recibe tu cliente empresa. Lo explicamos en diferencias entre VeriFactu y la factura electrónica.

¿Cambian los requisitos técnicos de VeriFactu?

Hoy no. El Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, que fija las especificaciones técnicas, siguen sin cambios. Hacienda anuncia una modificación posterior para hacer converger VeriFactu y la factura electrónica, teniendo en cuenta la iniciativa europea ViDA. Las garantías de integridad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.

La nota no concreta qué aspectos técnicos cambiarán ni cuándo. Un programa de facturación tendrá que seguir garantizando que cada registro es íntegro, se conserva y es legible, trazable e inalterable. El reglamento lo exige desde 2023 en sus dos modalidades, VERI*FACTU y no VERI*FACTU.

¿Tienen también los fabricantes de software hasta 2028?

La nota no lo dice. Se refiere a las obligaciones pendientes de los empresarios y profesionales que facturan y no menciona a los productores de software. Según el reglamento vigente, su plazo para ofrecer productos adaptados es de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, no las fechas de 2027.

En la práctica, si eliges programa este otoño, el que te ofrezcan debería generar ya el registro de facturación y encadenarlo. Puedes comprobarlo en la declaración responsable del fabricante. Explicamos qué debe contener y cómo leerla en la declaración responsable de un sistema VeriFactu.

¿Qué hago con mi tienda online mientras se publica la norma?

Trabaja contra los requisitos, que no han cambiado. Adoptar VeriFactu antes de la fecha obligatoria es posible y voluntario. Tu referencia sigue siendo enero de 2027 si eres sociedad y julio de 2027 si eres autónomo. Conectar la tienda con el programa de facturación lleva su propio plazo, con aplazamiento o sin él.

  1. Tu fecha vigente. Depende de cómo tributas. Es tu referencia hasta que se publique la norma.
  2. Tu plataforma. Averigua si tu tienda se conecta con un módulo o si hay que integrarla por API.
  3. Un ensayo real. Probar tus casos reales antes de la obligación te enseña más que cualquier comparativa. Te contamos cómo ensayar la facturación de tu tienda.

En Factulit mantenemos el mismo calendario. Hoy la plataforma funciona en Modo Pruebas (Sandbox) y Producción abre a clientes el 1 de enero de 2027. Explicamos qué hace Factulit con una tienda online en VeriFactu para tiendas online.

Qué leer después

El aplazamiento anterior, de diciembre de 2025, lo contamos en el aplazamiento de VeriFactu a 2027. Los supuestos que quedan fuera del sistema y los que ya están en el SII o en TicketBAI están en fechas y plazos de VeriFactu.

Si este contenido describe algo que te esta pasando, no sigas invirtiendo a ciegas: revisa primero donde se rompe la conversion.

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Preguntas frecuentes

¿Está ya aprobado el aplazamiento de VeriFactu a octubre de 2028?
No. A 7 de octubre de 2026 solo existe la nota informativa que el Ministerio de Hacienda publicó el 5 de octubre de 2026, y la presenta como una previsión. El BOE no ha publicado ninguna norma que modifique el Real Decreto 1007/2023. Las fechas vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.
¿El aplazamiento anunciado distingue entre sociedades y autónomos?
No. La nota de Hacienda habla de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de los empresarios y profesionales, sin separar sociedades y autónomos. El reparto definitivo lo fijará la norma que se publique en el BOE. Hasta entonces, una sociedad sigue con el 1 de enero de 2027 y un autónomo con el 1 de julio de 2027.
¿Qué día de octubre de 2028 empezaría a aplicarse VeriFactu?
La nota de Hacienda del 5 de octubre de 2026 no fija ningún día: dice «hasta octubre de 2028». El día concreto lo establecerá la norma que lo apruebe. Como referencia, la factura electrónica obligatoria para quienes facturan hasta 8 millones de euros empieza el 6 de octubre de 2028, según el cómputo iniciado por la Orden HAC/1028/2026.
¿Cuántas veces se ha aplazado VeriFactu?
Dos veces por norma publicada, y hay un tercer aplazamiento anunciado. El calendario original era el 1 de julio de 2025. El Real Decreto 254/2025 lo llevó a 2026 y el Real Decreto-ley 15/2025, a enero y julio de 2027. La nota de Hacienda del 5 de octubre de 2026 prevé octubre de 2028, que sería el cuarto calendario.
¿El anuncio retrasa también la factura electrónica?
No. Lo que Hacienda prevé aplazar es VeriFactu, para que coincida con la factura electrónica. El calendario de la factura electrónica entre empresas empezó a contar con la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026: es obligatoria desde el 6 de octubre de 2027 por encima de 8 millones de euros de volumen de operaciones y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto.
¿Cuándo se publicará el aplazamiento en el BOE?
No hay fecha. La nota de Hacienda del 5 de octubre de 2026 anuncia la modificación del Real Decreto 1007/2023, pero no indica cuándo se publicará. A 7 de octubre de 2026 no consta en el BOE. Hasta entonces rigen el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Actualizaremos este artículo cuando se publique.
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